JESÚS Y LA ANTIGUA LEY

miércoles, 14 de marzo de 2012

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El tema de este pasaje (Mt 5,17-20) es de gran importancia, pero no está exento de dificultades, especialmente por causa del encadenamiento semita de cada uno de estos versículos. El tema venía sugerido en esta “carta magna” del cristianismo por la necesidad de fijar su actitud doctrinal frente al judaísmo, o mejor a la interpretación literaria que de él daban los rabinos. 

Presentamos el texto del Evangelio para luego hacer el estudio pertinente:
17 No penséis que he venido a abrogar la Ley y los Profetas; no he venido a abrogarla, sino a consumarla. 18 Porque en verdad os digo que antes pasarán el cielo y la tierra que falte una yota o una tilde de la Ley hasta que todo se cumpla. 19 Si, pues, alguno descuidase uno de esos preceptos menores y enseñare así a los hombres, será el menor en el reino de los cielos; pero el que practicare y enseñare, éste será grande en el reino de los cielos. 20 Porque os digo que, si vuestra justicia no supera a la de los escribas y fariseos, no entraréis en el reino de los cielos.
Las polémicas cristianas primitivas frente al judaísmo — ”judaizantes” — aparecen aquí reflejadas. No deja de extrañar, sin embargo, de ser todo esto original de Cristo, el que no se hayan alegado estas sentencias en el concilio de Jerusalén (Act 15,lss). Por otra parte, no parecen encontrar armonía con otras actitudes de Cristo, aunque acaso se refieran a casos concretos y no a ?a actitud doctrinal, que era lógico que tomase, desde el punto de vista del reino, ante el fariseísmo y la Ley. Algo parecido habría que decir de San Pablo.
V.17Cristo no vino a destruir “la Ley y los Profetas,” las dos secciones principales de la Biblia. La Ley era la primera. Se la consideraba en la época neotestamentaria como revelación divina, eterna, irrevocable. Y hasta se llegó a tener la Ley — la Thorah — como hija de Dios, al identificarla con la Sabiduría, y, por lo mismo, se la consideró como ser trascendente, preexistente. Los demás libros, incluso los “profetices,” que son explicadores de la Ley, no tienen tal carácter; se los dieron a Israel a causa de sus pecados, y cuando llegasen los días mesiánicos, aquéllos no tendrían razón de ser .
Cristo proclama que no vino a “abrogar” ni la Ley ni los Profetas. El sentido del verbo usado (χαταλύω) es claro, destruir, desatar, abrogar. Corresponde a la forma aramaica battel, que significa lo mismo. Por el contrario, Cristo vino a “llenarla” (πληρώσαι). Corresponde al hebreo qayyém = cumplir, perfeccionar; cumplir la Ley con las obras, llevar lo imperfecto a lo perfecto.
La frase tiene una estricta acuñación judía. La eternidad de la Ley en toda su integridad invariable era un dogma rabínico. Hay textos rabínicos judíos tardíos que hablan de la “ley del Mesías”, pero no en el sentido de abrogar la Ley mosaica, sino de una nueva interpretación de la misma. El judaísmo esperaba del Mesías una revelación de toda la riqueza de pensamientos ocultos en la Thorah y una solución de todos sus enigmas (cf. Jn 4,25); Jer 31,31ss; Is 2,3; 60,21; Ez 36,25ss). La frase fuerte acaso proceda de la época de la polémica entre la comunidad judeo-cristiana — ”judaizantes” — y de cristianos procedentes del paganismo (Descamps). Ya que si fuese de Cristo, éste no cumplió meticulosamente las menores prescripciones (cf. Mt 15,3; 19,17; 22,36.38.40). Por eso se propuso (E. Scheweizer) ver en ello una insistencia “judaizante.” Pero aparte de lo que tenga de hipérbole para encarecer la Ley — y sea de la procedencia que sea —, siempre está en función del contexto del Evangelio, y del versículo anterior, donde se valora la Ley.
¿En qué sentido “perfecciona” Cristo la Ley antigua? Aunque aquí sólo se trata de cuestiones morales, el término “Ley y Profetas” es técnico por todo el A.T. Por tanto, la afirmación de Cristo abarca a todo el A.T. Por eso hay aquí dos cuestiones a precisar,
a) ¿Qué sentido conviene aquí al verbo πληρώσαι? ¿”Cumplir” o “perfeccionar”? Ya que filológicamente puede tener ambos. El sentido que aquí le corresponde es el de “perfeccionar.” Se ve esto porque Cristo cumple con su práctica muchas cosas del A.T., pero perfecciona ésta con su doctrina al interpretar el sentido recto de muchas cosas del A.T. deformadas por el leguleyismo farisaico y añade otras muchas — nueva revelación —, lo mismo que por el espíritu evangélico que ha de informarla (Mt 5,21-48).
b) ¿Cómo ”perfecciona” Cristo la Ley, el A.T., cuando aquélla queda abrogada en muchos puntos?
Al interpretar el verdadero sentido de prescripciones deformadas del    
A.T.
Al añadir nuevas enseñanzas, revelaciones, prescripciones.
Al anular, por cumplir, la fase temporal de muchas cosas del A.T. Así dice San Pablo, al declarar inútil la vieja Ley, “¿Anulamos, pues, la Ley con la fe? No, ciertamente; antes la confirmamos” (Rom 3,31). Se da la “perfección” por superación (Gal 3,23-25), como destruye, perfeccionándolo, el fruto a la semilla.
Pero del A.T. se conserva el espíritu mesiánico y cristiano que existía en él. Es el boceto que destruye, llena y supera el cuadro .
V. 18, Este versículo de Mt lo trae conceptualmente Lc en otro contexto (Lc 16,17). No debió de ser la única vez que Cristo habló de su actitud frente a la Ley y de la permanencia de ésta. El caso de Lc, con su desplazamiento, podría ser un índice de ello. También puede ser índice de la necesidad de destacarlo ante las polémicas “judaizantes.” No obstante, el contexto lógico en que está en Mt, podría ser también un contexto histórico.
Cristo introduce la fórmula con un “amén.” El significado judío de esta palabra y su finalidad era unirse, mediante ella, con deseo de aprobación a lo dicho por otros, v. gr., oraciones (Jer 28,2; Dt 27,15). Pero en boca de Cristo cobra un sentido único, desconocido aún por los rabinos, y con el que garantiza enfáticamente la verdad de lo que dice.
Los elementos expresivos de esta afirmación son los siguientes, “Hasta que pasen los cielos y la tierra.” (Mt 24,35; Sal 71,57; 88,38; Is 32,20.21), término con que se expresa el fin de los tiempos y, por tanto, se expresa también con ello la duración de una cosa o la firmeza de la misma.
El otro elemento es la yota, palabra aramea que corresponde al “yod” hebreo, y que expresa la letra más pequeña del alfabeto cuadrado, y el “trazo” (χεραι'α), literalmente “cuernecito,” que es la grafía mínima de las cosas que están escritas en la Ley. Se refiere a cualquiera de los trazos mínimos, inferiores al “yod,” que se usaban en el alfabeto de entonces.
Este perfecto cumplimiento de la Ley puede ser doble, a) cumplimiento material de todo lo en ella prescrito hasta el tiempo prefijado, Ley mesiánica; b) el espíritu mesiánico — cristiano — y lo que hay de valor permanente, que en ella existe como en germen y cuya permanencia es definitiva en la nueva Ley. Los versículos 21-48 de este capítulo darán un buen ejemplo del espíritu cristiano revitalizando la moral de la vieja Ley.
V.19. Propio de Mt; se discute sobre su contexto propio. Las palabras “Si alguno descuidase uno de esos preceptos menores.” no tienen relación con lo anterior, pues no se habló explícitamente de preceptos mayores. Debe de ser un contexto lógico, con encadenamiento semita, evocados porque toda la Ley —”trazo” y “yota” — ha de cumplirse. Como Mt no ignoraba que la Ley de Cristo anulaba la materialidad de muchas prácticas y preceptos de la vieja Ley, no puede querer decir que la vieja Ley había de ser mantenida en su estricta materialidad.
El que “quebrantase” (λύστ)) ο, por el contexto, mejor, “descuidase” cumplir uno de estos preceptos mínimos y además “enseñase así a los hombres,” será “el menor” en el reino de los cielos, seguramente en su fase final escatológica. El encadenamiento de palabras trae el encadenamiento semita de las comparaciones hiperbólicas. Un precepto “menor” que se desprecia o quebranta trae, de suyo, el tener — no la exclusión de él — un puesto menor en el Reino. Y la contraposición se hace con los preceptos “grandes” y su premio correspondiente. Precisamente “grande” y “pequeño” son los términos usados frecuentemente en la literatura rabínica para significar la diversa suerte de las personas en el futuro reino mesiánico. Aunque lo normal era usar los términos de preceptos “graves” y “leves.” Entre los segundos estaba la prohibición de ingerir sangre (Dt 12,23), y, entre los primeros la circuncisión (Gen 17,10), la idolatría, fornicación, derramamiento de sangre, profanación del nombre de Dios, santificación del sábado. Pero también los rabinos destacaban la igualdad de todos en cuanto a su obligatoriedad, pues todos habían sido dados por Dios. La forma impersonal en que está redactado hace ver que se dirige a cualquiera. No obstante, la frase “y así enseñase” parecía dirigirse a apóstoles y discípulos. Acaso sean anomalías redaccionales. Pero no alude a valores “jerárquicos” escatológicos.
Se pensó si “alguno de estos preceptos mínimos” se refiriese a la doctrina que se va a exponer a partir del v.21. Pero la doctrina expuesta en el Sermón es demasiado importante para pensar que son preceptos “mínimos” juramento, adulterio, divorcio, amor al prójimo, etc.
V.20. Propio de Mt. Como de los otros, se discute su contexto preciso. Pero se ha de valorar en el contexto de Mt, que obedece a un propósito claro. Si la Ley ha de permanecer, en la forma dicha, conforme al “perfeccionamiento” que de ella hace Cristo, esto traía, por cierto encadenamiento semita conceptual, por contraste, el modo de la práctica de esa Ley, y análogamente de la nueva Ley. Y la enseñanza de Cristo es ésta, “Si vuestra justicia no supera a la de los escribas y fariseos, no entraréis en el reino de los cielos.” Se trata, pues, de fidelidad a la Ley, pero de fidelidad al cumplimiento del espíritu de la Ley, pues en su cumplimiento material, aquéllos eran maestros insuperables. Ya los profetas habían urgido la necesidad de poner el espíritu y el corazón en los sacrificios. El rito material no cuenta. Por el simple cumplimiento del rito cultual, Dios no lo atiende ni retribuye. Esto es lo que Cristo censura, al tiempo que enseña cómo ha de ser la práctica de la nueva Ley, de la “justicia” mesiánica; no hipocresía de un rito sin vida. La “justicia” del reino mesiánico es sencillamente la “justicia” de la autenticidad religiosa.
El v.20 es un término completivo del tema sobre la relación de Cristo y la Ley vieja, pero es, al mismo tiempo, un versículo puente leit motiv — para el tema del sermón de la Montaña, el perfeccionamiento moral de la vieja Ley y el perfeccionamiento del espíritu con que ha de ser practicada.



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